Universidad de Costa
Rica
Recinto de Golfito
Krissia Céspedes
Arguedas
Estudiante de la
carrera Informática Empresarial
Este blog tiene como objetivo dar a conocer los distintos
problemas que surgen con la informática e internet, como lo es la piratería
informática, la cual causa demasiados problemas a los usuarios del internet.
Piratería Informática
La piratería informática es la distribución o
reproducción ilegal de las fuentes o aplicaciones de software, de música,
libros o licencias, entre otros, para su utilización comercial o particular. La
piratería informática es ilegal y está castigada por la ley.
Dentro de la piratería hay dos tipos de
"piratas", los hackers y los crackers.
El hacker: es un experto en varias o alguna rama técnica
relacionada
con la informática. Burlan sistemas de seguridad pero nunca usan sus conocimientos como fines lucrativos.
con la informática. Burlan sistemas de seguridad pero nunca usan sus conocimientos como fines lucrativos.
El cracker: es alguien que viola la seguridad de un sistema
informático de forma similar a como lo haría un hacker, solo el cracker realiza la intrusión con fines de
beneficio personal o para hacer daño.
La piratería se presenta de diversas formas. Estas son
algunas de las formas de piratería más habituales:
| Figura 2 |
- Duplicado de usuario con licencia para usuarios sin licencia.
- Distribución ilegal a través de Internet.
- Distribusión de versiones educativas especiales a clientes sin autorización.
- Distribusión de fuentes a software falsos.
- Distribución de videos o música de manera ilegal.
Ley para sancionar
los delitos informáticos
COSTA RICA: LEY No.
8148
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
Decreta:
"Artículo
196 bis. Violación de comunicaciones electrónicas. Será reprimida con pena de prisión de seis
meses a dos años, la persona que, para descubrir los secretos o vulnerar la
intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere, accese, modifique,
altere, suprima, intercepte, interfiera, utilice, difunda o desvíe de su
destino, mensajes, datos e imágenes contenidas en soportes: electrónicos,
informáticos, magnéticos y telemáticos. La pena será de uno a tres años de
prisión, si las acciones descritas en el párrafo anterior, son realizadas por
personas encargadas de los soportes: electrónicos, informáticos, magnéticos y
telemáticos."
"Artículo
217 bis. Fraude informático. Se impondrá
pena de prisión de uno a diez años a la persona que, con la intención de
procurar u obtener un beneficio patrimonial para sí o para un tercero, influya
en el procesamiento o el resultado de los datos de un sistema de cómputo,
mediante programación, empleo de datos falsos o incompletos, uso indebido de
datos o cualquier otra acción que incida en el proceso de los datos del
sistema."
"Artículo
229 bis. Alteración de datos y sabotaje informático. Se impondrá pena de prisión de uno a cuatro años a
la persona que por cualquier medio accese, borre, suprima, modifique o
inutilice sin autorización los datos registrados en una computadora.
Si como
resultado de las conductas indicadas se entorpece o inutiliza el funcionamiento
de un programa de cómputo, una base de datos o un sistema informático, la pena
será de tres a seis años de prisión. Si el programa de cómputo, la base de
datos o el sistema informático contienen datos de carácter público, se impondrá
pena de prisión hasta de ocho años."
Alternativas
para combatir la piratería
- Bajar los precios de las copias originales de software, discos de música, videojuegos, etc.
- Añadir nuevos tasas a los productos originales.
- Leyes más severas contra los piratas.
- Vinculación identificativa entre el poseedor del registro del software para evitar que lo distribuyan.
- Limitación por parte de los mp3 a que sólo reproduzca música legal.
Empresas anti piratas:
- BSA (Business Software Alliance).
- CAAST (Canadian Alliance Against Software THEFT).
- FAST
- SIIA (Software & Information Industry Association)
Bibliografía:
Adobe. Iniciativa contra la piratería.
Tomado el día 26 de Abril del 2014 de: http://www.adobe.com/la/aboutadobe/antipiracy/piracy.html
Fernández. D, Martin. L & Núñez. P. (S.F). Piratería Informática. Tomado el día 26 de Abril del 2014 de: http://es.scribd.com/doc/249146/Pirateria-informatica
Figura
1. Tomada el día 26 de Abril del 2014 de:
https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg4k2ChBFkvXG3pWBmhj_qp5qzuRO9ru_TcaVkPouHlzd0nXLFIUXhMOWVhhbD6yadRQQa1U5J9uxCLV47ggxiF0EHsDBYK76N7FT7gKq_ogEENStrdrNjOW450sMPFBo36QyOqwowGjc_y/s320/pirateria+pirata.jpg
Figura 2. Tomada el día 26 de Abril del 2014 de: http://cdn.elimpulso.com/media/pirateriainformatica01.jpg
S.A. (2009). Piratería Informática.
Tomado el día 26 de Abril del 2014 de: http://yamialex.blogspot.com/2009/06/pirateria-informatica.html
S.A. (2010). Piratería Informática.
Tomado el día 26 de Abril del 2014 de: http://www.taringa.net/posts/info/4586062/Pirateria-informatica.html
S.A. (S.F). Legislación sobre delitos informáticos
Costa Rica. Tomado el día 26 de Abril
del 2014 de: http://delitosinformaticos.com/legislacion/costarica.shtml